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Despedidos.net - Ayudas para desempleados


tabla reguladora prestaciones por desempleo 2009 Imprimir Correo electrónico
Miércoles 11 de Febrero de 2009 20:55

En la tabla  siguiente se detallan las prestaciones por desempleo actualizadas a este año.

Prestaciones por desempleo en 2009

 






Cuantía180 primeros días70% de la base reguladora
a partir del 181 día60% de la base reguladora
límite inferiorsin hijos80% del IPREM492,09
con hijo/s107 del IPREM658,17
límite superiorsin hijos175% del IPREM1076,44
Con 1 hijo200% del IPREM1230,22
Con 2 o más hijos225% del IPREM1384,00

En cada caso, es el porcentaje indicado del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM, incrementado en 1/6 (parte proporcional de las pagas extras). IPREM para 2009: 615,11. 

Importante los 10 primeros días se retienen hasta la finalización de la prestación.

Las prestaciones por desempleo cotizarán por: IRPF: Según los ingresos y la situación familiar. SEGURIDAD SOCIAL: El 65% de la cotización a la Seguridad Social a efectuar por el trabajador. La cuota del trabajador es el resultado de aplicar el 4’7% (tipo de cotización a su cargo) a la base de cotización por contingencias comunes (base media de los últimos seis meses). Máximo mensual 81€.

Última actualización el Jueves 12 de Febrero de 2009 00:12
 
El subsidio de desempleo PDF Imprimir Correo electrónico
Sábado 31 de Enero de 2009 18:11

Diversas causas que no vamos a eneumerar han propiciado un ambiente de crisis generalizada y mundial. Como resultado el número de personas que se han quedado sin trabajo, no hecho más que crecer. Para todas estas personas la ayuda económica  por desempleo se convierte en un asunto vital que vamos a intentar aclarar.

El primer paso para cobrar ayudas consiste en acudir a una oficina del INEM tras quedase sin trabajo. Tenemos 15 dias hábiles (sin contar sábado y domingo) para inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación por desempleo.

La ayuda economica mensual, prestación por desempleo, va a variar en función de los periodos y bases de cotización de los últimos seis años. Para poder beneficiate de esta ayuda debes haber trabajado por cuenta ajena durante al menos un año. Todos aquellos con periodo de cotización menor al año, si cumplen ciertos requisistos, podrán  acogerse al subsidio por desempleo. Otra opción es cobrar un pago único para asociarse a alguna copertiva o sociedad laboral o ponerse el trabajador como autonomo.

Mi contrato finaliza en breve y ahora que.

Al finalizar un contrato laboral puede beneficiarse de una prestacion economica o un subsidio. El derecho nace al día siguiente de la situación legal de desempleo; le corresponde la prestación por desempleo si ha cotizado a la Seguridad Social 360 días  o más, y el subsidio si el periodo es menor

¿Cuanto tiempo podre cobrar el paro ?

Dependera del tiempo que haya cotizado durante los ultimos seis años. Si la cotización fue entre 360 y 539 días, la prestación se alargará 120 días. Si se ha cotizado entre 540 y 719 días la prestacion durará 180 días y así progresivamente hasta el máximo de 720 días en el caso de 2160 días de cotización. No se computan los periodos de cotización que se tuvieron en cuenta para cobrar prestaciones anteriores.

El titular ya no recibe el paro pero sigue sin encontrar trabajo. ¿Se puede optar a otra ayuda?

Agotado el plazo de la prestación por sesempleo se tiene derecho a percibir un subsidio en los siguientes casos:

  • Si se cuenta con responsabilidades familiares la persona desempleada tendra derecho a recibir un subsidio por periodo de seis meses, prorrogables por periodos similares hasta un máximo de 18
  • Si tiene mas de 45 años tiene derecho a un subsidio por seis meses.
  • Adicionalmente se cuenta con un susbsidio especial de seis meses a los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación de desempleo de 24 meses. Finalizado este subsidio especial se puede cobrar el subsidio ordinario por deseempleo. 
Última actualización el Jueves 12 de Febrero de 2009 00:10
 
Tramites para solicitar la prestación por desempleo PDF Imprimir Correo electrónico
  Para solicitar el subsidio por desempleo:
  • Acudir al INEM, para inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación por desempleo. Se dispone de 15 días hábiles, desde que se produzca la situación de desempleo.
  • Presentar la solicitud, declarando el número de hijos a su cargo, datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y autorización de petición de información a la Agencia Tributaria

  • Acudir con el DNI o la Tarjeta de Identidad en caso de ser extranjero. Si se tienen hijos a su cargo, llevar también el Libro de Familia.

  • Presentar los certificados de empresa en los que se haya trabajado en los últimos 6 meses. La empresa está obligada a proporcionar en 10 días, dichos certificados y las comunicaciones escritas que acreditan la situación legal de desempleo, así como las copias de los documentos de cotización.

  • En caso de no estar de acuerdo con la cuantía, o la denegación de la prestación, se dispone de 30 días para presentar una reclamación, previa a la vía judicial, ante el INEM, por escrito.

Última actualización el Domingo 08 de Febrero de 2009 11:11
 



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